martes, 26 de marzo de 2013

Sistema de Seguridad de puertas automáticas


Sistemas de Seguridad

Todas las puertas automáticas cuentan con diferentes sistemas de seguridad. La barrera infrarroja es la que se encarga de impedir que la puerta se cierre si algo se interpone o una persona está cruzando, su apertura antipánico opera en caso de que alguien toque las hojas móviles de la puerta mientras esta se cierra, y para finalizar, el buen funcionamiento de las puertas automáticas tienen un bloqueo general del cual se manifiesta si alguna falla del mecanismo de la puerta acontece, como puede ser en los ciclos de apertura y cierre de la puerta.
Los sistemas tecnológicos para el funcionamiento de las puertas automáticas, son ideales para viviendas familiares, generalmente se las están utilizando blindadas, por lo cual contribuye con una función extra.
Elevadores, puertas de supermercados, garage, oficinas, todas estas instalaciones se ven beneficiadas con comodidad y confort al optar por este tipo de producto y mantener en óptimo estado el funcionamiento de las puertas automáticas.
Si se está pensando en colocar un sistema automático en el portón, lo correcto sería instalarlo detrás de uno de los contrapesos del mismo, puede utilizarse dos puertas automáticas de funcionamiento simultáneo, proporcionándole al portón, apertura y cierre equilibrado. 




lunes, 18 de marzo de 2013

El patín retráctil, funcionamiento.


Como todo usuario de ascensores sabe, ninguna puerta de rellano correspondiente a estas instalaciones debe abrirse, si en ese nivel no se encuentra la cabina detenida. Para que esto sea así, cada una de esas puertas cuenta con una cerradura electromecánica. No importa si se trata de puertas automáticas o manuales, ni si estas últimas son tijeras, plegadizas, corredizas o batientes. Todas, con el diseño que corresponda, poseen un elemento que combina un aspecto mecánico con otro eléctrico. Es decir, sólo cuando está mecánicamente trabado mediante el “gancho de doble uña” queda habilitada la parte eléctrica que permite el funcionamiento del ascensor. Si se destraba el “gancho”, queda impedida la cabina de funcionar por la apertura de un contacto eléctrico. Antes de seguir con el tema, vale la pena hacer una aclaración muy significativa: excluyendo las instalaciones que cuentan con puertas automáticas – en las que no hay intervención del usuario para su accionamiento– , en todas las que poseen cualquier variante de puertas manuales, el mayor motivo de accidentes se registra por fallas o mala utilización de las cerraduras electromecánicas. Desgraciadamente hay que añadir que casi siempre los accidentes así ocurridos resultan fatales. De ahí la importancia de comprender el funcionamiento adecuado y el cuidado que debe prodigarse a estos elementos.
Como queda dicho, todo lo que prosigue está relacionado con puertas de rellano de accionamiento manual. ¿Qué debe suceder para que la cerradura se destrabe cuando la cabina está en el nivel del piso? Todas, no importando el modelo, tienen un “fleje” o un brazo con una “ruedita” que al ser oprimido permite el destrabe. ¿Y qué es lo que lo oprime? En la cabina hay un elemento normalmente llamado “patín” o “cama” que es el encargado de esa función. En las instalaciones antiguas, el “patín” es un trozo de madera convenientemente adosado al lateral de cabina, que con el desplazamiento de ésta en su natural recorrido entre paradas extremas, va oprimiendo en su pasaje cada uno de los “flejes” o las “rueditas” de todas las cerraduras de puertas que encuentre en su camino, independientemente de que sea un rellano de destino del viaje o no. Esto provoca, entre otras cosas, que un usuario que desea abordar el ascensor y lo ve pasar sin detenerse en ese piso, con sólo abrir la puerta logrará la detención de la cabina. ¿Pero eso es lo adecuado? No; jamás debe hacerse. Por razones de inercia, desde la apertura –a su vez inexacta en cuanto al momento– de la puerta hasta la detención real de la cabina, difícilmente ésta pare justo a nivel del rellano. Esto es sumamente peligroso, particularmente si el ascensor llevara dirección ascendente. El espacio que queda entre la cabina mal detenida y el piso del rellano, es un nefasto acceso al hueco que ha provocado muchas muertes. En los registros de accidentes figuran caídas de adultos, niños y hasta varios casos de perros. Pero sin llegar a estos casos extremos, ese “tironeo” de las puertas para abrirlas sin la cabina detenida, provoca un desgaste prematuro y rotura de las cerraduras electromecánicas. En el mejor de los casos, si es tempranamente detectada la falla así producida, se reemplaza la cerradura, lo que genera un gasto al consorcio que pudo haber sido evitado con sólo actuar adecuadamente. Peor aún cuando no es descubierta a tiempo y permite –la rotura– abrir la puerta totalmente sin que se encuentre la cabina en el rellano, dejando al usuario irremediablemente frente al vacío del hueco. De más está decir lo que sucede seguidamente en la mayoría de los casos. La solución sobrevino cuando se desarrolló un tipo de patín, que desde hace muchos años se usa, y se convirtió de aplicación obligatoria en instalaciones nuevas, según lo establecido en todos los reglamentos internacionales. En nuestro medio la obligación rige desde el año 1973 y desde esa fecha todos los patines son “retráctiles”. La función es la misma ya descripta. La particularidad es que el patín retráctil viaja con la cabina “retraído”; sólo cuando el control de maniobras, mediante la correspondiente señal eléctrica, le indica que está la cabina detenida en la parada pertinente, se expande y acciona el “fleje” o la “ruedita” de la cerradura electromecánica de ese piso, permitiendo que la puerta se abra. El proceso inverso se da cuando el ascensor es requerido desde otro piso: el patín se retrae antes de la partida y sólo se expande al llegar a él. Queda claro que durante todo el viaje de la cabina, como el patín está retraído, no va oprimiendo en su pasaje los “flejes” o las “rueditas” de las cerraduras de las puertas de rellanos que no son destino de detención. Ello impide que se abra puerta alguna, aún siendo “tironeada” intencionalmente como sucede con el patín fijo. Siendo el patín retráctil un elemento fundamental de seguridad para los usuarios, y que además evita inconvenientes y roturas de cerraduras por mal uso, evitando reposiciones prematuras, no debe dudarse en solicitar su instalación en ascensores que no lo poseen.

lunes, 4 de marzo de 2013

Clarín: Exigencias para lograr ascensores accesibles


Respecto a la reglamentación vigente para la accesibilidad de las personas, la Argentina cuenta con varias leyes de alcance nacional y una para el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires en particular. En los aspectos generales, los criterios técnicos son similares, aunque varía la complejidad.

Actualmente, para proyectar la instalación de un ascensor hay que considerar varias normativas: las leyes nacionales 22.431 y 24.314, del Sistema de Protección Integral de los Discapacitados (SPID); la Ley Nacional 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo, y la Ley del GCBA 962 de Accesibilidad Física Para Todos.

“La ley porteña es la más completa”, explica Andrés Pozzo, presidente de la Federación de Asociaciones y Cámaras de Ascensores de la República Argentina (FACARA). Tiene aplicación en el ámbito porteño y aquellas las localidades del país donde no hay legislación en particular, según lo que exige la ley de Higiene y Seguridad. En el resto del país, se debe cumplir con el SPID.

“Lo que diferencia la Ley 962 del SPID es que la primera exige puerta automática y ascensor camillero, mientras el SPID no lo exige”, aclara Pozzo. La reglamentación porteña también incluye la instalación de medios especiales como escalera mecánica, caminos rodantes horizontales y con pendiente, guarda mecanizada de vehículos y medios alternativos de elevación, para complementar escaleras o escalones.

“Cualquiera sea el número de ascensores y tipos de cabinas de un edificio todos deberán proporcionar accesibilidad”, señala el especialista. En edificios con un solo ascensor, éste debe ser del tipo 1 (medidas interiores mínimas de 1,10 m por 1,30 m) o tipo 2 (permitir girar 360º a una persona en silla de ruedas) y brindar accesibilidad a todas las unidades, cualquiera sea su destino. En edificios con más de un ascensor, al menos dos de ellos serán del tipo 1 o 2.

Dentro de la cabina, los espejos deben ser inastillables, y el revestimiento del piso, antideslizante. Para cualquier tipo de cabina se deben colocar pasamanos en los lados libres de puertas, a una altura de 0,85m (+/- 5 cm) medidos desde el piso de la cabina hasta el plano superior del pasamanos y separados de las paredes 4 cm como mínimo.

En todas las paradas, la reglamentación determina que la diferencia de nivel entre el solado terminado del rellano y el piso de la cabina sea como máximo de 2 cm. Por otra parte, el rellano frente a un ascensor o grupo de ascensores se dimensiona de acuerdo a la capacidad de las cabinas (se computan la de los coches de cajas enfrentadas, adyacentes o que formen ángulo). El lado mínimo del rellano debe ser igual a 1,10 m y se aumenta a razón de 20 cm por cada persona que exceda de diez. Además, si el rellano sirve a una cabina tipo 0, 1 o 2, frente al ingreso al ascensor se debe dejar libre un círculo de 1,50 m de diámetro. Si el rellano sirve a una cabina tipo 3 (camillero) la superficie libre debe ser un círculo de 2,30 m de diámetro.

Respecto a la iluminación, la norma exige la instalación de una luz fija en las puertas de cada uno de los rellanos sin llave, con pulsador a disposición del usuario. La misma debe alcanzar 50 lux a nivel del piso. Frente a los ascensores también se debe definir una zona de prevención, con un piso de textura en relieve y color contrastante respecto del resto del solado. Por último se determina la colocación de puertas automáticas en la cabina y el rellano.